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Condiciones de Contratación y Compra

Las presentes condiciones regulan la contratación de los servicios profesionales ofrecidos por Samuel Jiménez Palacios (en adelante, «El Prestador») a través del sitio web oficial https://samueljpalacios.com.

1. Objeto y Ámbito de Aplicación

El Prestador ofrece servicios especializados tanto a particulares (B2C) como a empresas e instituciones educativas (B2B). El marco regulador aplicable a cada modalidad de contratación se desglosa a continuación.

2. Condiciones para Particulares (B2C)

2.1. Servicios Ofertados

Incluyen, a título enunciativo y no limitativo: sesiones de mentoría profesional, evaluación competencial exhaustiva, orientación laboral, preparación de candidaturas y entrenamientos para el desarrollo de la carrera profesional.

2.2. Proceso de Contratación

El usuario selecciona el servicio deseado y sigue el flujo digital establecido. Antes de formalizar la confirmación de compra, se indicará con total claridad el precio final aplicable con los impuestos legalmente exigibles incluidos.

2.3. Precios y Pasarela de Pago

Los importes aplicables serán los publicados en la web al momento de la solicitud. El abono se realiza por adelantado (es decir, antes de realizarse el serviicio por parte de El Prestador) a través de plataformas de pago seguro con cifrado bancario (Stripe). El Prestador no almacena ni tiene acceso directo a datos de tarjetas ni cuentas bancarias.

2.4. Derecho de Desistimiento

Conforme a la normativa vigente en materia de consumidores y usuarios, el cliente dispone de un plazo de 14 días naturales para desistir del servicio contratado. No obstante, si el servicio o la sesión individual ha comenzado a prestarse con el consentimiento expreso y previo del usuario, este reconoce y acepta la pérdida de dicho derecho de desistimiento una vez iniciada la ejecución del mismo.

2.5. Obligaciones y Responsabilidad Profesional

El cliente se compromete a proporcionar información veraz para el análisis de su perfil. El Prestador garantiza la máxima diligencia y rigor profesional; no obstante, el servicio constituye una obligación de medios y no de resultado, por lo que no se garantiza la consecución de ofertas laborales específicas ni bandas salariales concretas, al depender estas de decisiones discrecionales de terceros empleadores y del mercado laboral.

3. Condiciones para Empresas e Instituciones Educativas (B2B)

3.1. Tipología de Servicios Corporativos

Prestación de consultoría estratégica de Recursos Humanos para empresas y startups, selección y evaluación competencial, programas formativos corporativos, así como servicios para instituciones educativas (apoyo a la empleabilidad, agilidad de matriculación y soporte en gestiones asociadas a alumnos internacionales).

3.2. Alcance, Presupuesto y Facturación

El alcance exacto y los honorarios se formalizarán en la propuesta comercial o contrato específico aprobado entre las partes. Los pagos corporativos se tramitarán mediante transferencia bancaria en los plazos fijados en la factura correspondiente (por regla general, a 30 días naturales desde su emisión).

3.3. Confidencialidad y Encargo de Tratamiento

Ambas partes se obligan al deber de secreto profesional respecto a toda la información técnica, comercial y operativa intercambiada. En caso de tratamiento de datos de candidatos, se formalizará el correspondiente contrato de Encargado de Tratamiento conforme al artículo 28 del RGPD.

3.4. Cancelación y Resolución Contractual

En caso de cancelación de procesos de selección o consultoría en curso por parte del cliente corporativo, se liquidarán los importes correspondientes a las fases de trabajo efectivamente ejecutadas hasta la fecha de notificación (evaluaciones, informes o preselección realizada).

4. Atención al Cliente y Reclamaciones

Para cualquier consulta, aclaración o reclamación relativa a los servicios contratados, el cliente puede dirigirse a: hola@samueljpalacios.com.

5. Legislación Aplicable y Jurisdicción

Las presentes condiciones se rigen por la legislación española. Para la resolución de controversias entre empresas o profesionales, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.